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Consulado de Colombia en París

Servicios consulares

01. Nacionalidad e Inscripción en el Registro Civil

 

Nacionalidad y Registro Civil de Nacimiento

Obtener la nacionalidad colombiana» o «nacionalizarse» suele ser la forma por la que se consulta sobre el procedimiento para que los hijos de colombianos nacidos en el exterior obtengan identificación como colombiano. Este procedimiento básicamente corresponde a la inscripción del nacimiento en el registro civil, también conocida como la obtención del Registro Civil de Nacimiento (RCN).

Requisitos

1.    Realizar el Registro Consular del padre y/o madre colombianos y Solicitar Cita.

 

2.    Es necesaria la presencia de la persona a registrar, incluso si es un niño, niña o adolescente. En este caso debe estar acompañado del declarante (padre o madre, solo uno de los dos es necesario).

 

3.   Copia auténtica reciente del Registro Civil de Nacimiento del o los contrayentes colombianos.

  • La copia integral del acta es emitida por la Mairie.
  • La Apostilla puede solicitarse en línea o ante notaría (más información).
  • En la Cour d'Appel, Mairie u Hotel de Ville del lugar de su residencia puede solicitar la lista de traductores oficiales (más información).  

Nota 1: El «extrait de naissance» que presenta traducción a distintos idiomas, no es aceptado para este trámite.

Nota 2: Primero solicite la copia del acta, luego solicite la apostilla y por último solicite la traducción oficial de ambas, acta y apostilla.

Nota 3: Se solicita que la copia del acta, su apostilla y su traducción no tengan antigüedad mayor a cinco (5) años.

Atención: Primero solicite la copia del acta, luego solicite la apostilla y por último solicite la traducción oficial de ambas, acta y apostilla.

 

4.    Documento de identidad de los padres:

  • Padre y/o madre colombianos, cédula de ciudadanía original y una fotocopia de esta por ambos lados.
  • Si uno de los padres posee otra nacionalidad, pasaporte o documento de identidad vigente y una fotocopia de este.
  • Si uno de los padres es fallecido, acta de defunción, si es francesa, apostillada y traducida al español.
     

5.    Si la persona a inscribir es mayor de siete (7) años, certificado de hemoclasificación, es decir tipo RH y Grupo Sanguíneo de la persona a inscribir. Para menores de 5 años no se exige este documento.

Este servicio no tiene costo.

 

Registro Civil de Matrimonio

El Consulado no celebra matrimonios, pero registra los matrimonios de colombianos que sean celebrados en Francia. Si usted necesita información sobre la celebración del matrimonio (o de un PACS) en Francia, consulte la sección 05. Matrimonio o PACS en Francia. Una vez celebre su matrimonio, recuerde que es su responsabilidad como colombiano actualizar su estado civil registrando su matrimonio celebrado en Francia ante el Consulado en París.

Requisitos

1.    Realizar Registro Consular para el/la o los/las contrayentes de nacionalidad colombiana y Solicitar Cita.

 

2.    Presentación personal del declarante (solo uno de los cónyuges, no se requiere la presencia de los dos).

 

3.    Copia auténtica no anterior a un año del Registro Civil de Nacimiento del/de la o los/las contrayente(s) con nacionalidad colombiana.

 

4.    Copia del documento de identidad de los contrayentes (cédula de ciudadanía para los colombianos y pasaporte vigente para los extranjeros).

 

5.   Original de la copia integral del acta de matrimonio francesa, apostillada y traducida por un traductor oficial. Tenga en cuenta:

  • La copia integral del acta es emitida por la Mairie.
  • La Apostilla puede solicitarse ante notaría o en línea (más información).
  • En la Cour d'Appel, Mairie u Hotel de Ville del lugar de su residencia puede solicitar la lista de traductores oficiales (más información).  

Nota 1: El «extrait de mariage» que presenta traducción a distintos idiomas, no es aceptado para este trámite.

Nota 2: Primero solicite la copia del acta, luego solicite la apostilla y por último solicite la traducción oficial de ambas, acta y apostilla.

Nota 3: Se solicita que la copia del acta, su apostilla y su traducción no tengan antigüedad mayor a dos (2) años

 

6.    En caso de haber capitulaciones celebradas en Colombia, aportar copia auténtica de la escritura pública. Esta copia se conservará en el archivo del Consulado. El contrat de mariage francés no tiene reconocimiento en Colombia.

Este servicio no tiene costo.

 

Registro Civil de Defunción

Requisitos

1.  Realizar Registro Consular y Solicitar Cita.
 

2.  Original de la copia integral del acta de defunción francesa, apostillada y traducida por un traductor oficial. Tenga en cuenta:

  • La copia integral del acta es emitida por la Mairie.
  • La Apostilla puede solicitarse ante notaría o en línea (más información).
  • En la Cour d'Appel, Mairie u Hotel de Ville del lugar de su residencia puede solicitar la lista de traductores oficiales (más información).  

Atención: Primero solicite la copia del acta, luego solicite la apostilla y por último solicite la traducción oficial de ambas, acta y apostilla.

 

3.   Cédula de ciudadanía original y pasaporte colombiano del fallecido con su respectiva fotocopia.

 

4.   Cédula de Ciudadanía original o pasaporte vigente original (si es extranjero) de quien denuncia la defunción y una fotocopia.

Este servicio no tiene costo.

 


Copia auténtica del Registro Civil

A.    Si el Registro Civil se hizo en este consulado


Requisitos

1. Realizar Registro Consular y Solicitar Cita
2. Copia de su cedula de ciudadanía del solicitante. Si se solicita la copia del registro civil de nacimiento de un menor de edad, deberá venir el padre o madre del menor.
3. Informar número serial del registro civil y fecha de inscripción, o
4. Informar NUIP (Número Único de Identificación Personal escrito en la esquina superior izquierda de los registros nuevos).

Tarifa consular:  € 9.22.
Pago únicamente con tarjeta.

El Consulado puede remitir de forma electrónica una copia auténtica del registro civil de nacimiento si el nacimiento fue efectivamente inscrito en este Consulado, para lo cual es necesario cumplir las siguientes condiciones:

1. Informar el número serial del registro y la fecha de inscripción.
2. Enviar copia de la cédula de ciudadanía del inscrito o del padre o madre (si es un registro de menores de edad).
3. En caso de que se solicite el registro civil de nacimiento de un menor, se debe enviar solicitud escrita de la copia del registro civil, firmada por al menos uno de los padres. Esta solicitud escrita debe contar con reconocimiento de firma ante una Notaría si se encuentra en Colombia, ante la Mairie de su lugar de domicilio si se encuentra en Francia lejos de París o ante un Consulado de Colombia si se encuentra en otro país.*

Una vez envíe esta información y documentación, el Consulado formalizará la solicitud de copia y le informará el número para realizar el pago en línea de la tarifa consular. Surtido lo anterior, se enviará la copia auténtica solicitada al correo electrónico.

* El registro civil de nacimiento de un menor de edad se considera información sujeta a reserva debido a los datos sensibles que contiene, considerados así por el interés superior de los niños, niñas y adolescentes bajo la constitución colombiana. La medida busca proteger entre otros, el derecho a la intimidad y el habeas data de los niños niñas y adolescentes. En tal virtud, solo a sus padres debidamente identificados se les puede expedir copia del registro.

B.    Si el Registro Civil se hizo en otro consulado de Colombia

Si el registro se hizo en otro Consulado debe realizar la solicitud a esa oficina. Consulte los datos de contacto de los Consulados de Colombia en este enlace.

 

C.    Si el Registro Civil se hizo en Colombia (nacimiento o matrimonio inscrito en Colombia).

El Consulado no tiene acceso a los archivos de las notarías ni las registradurías en Colombia. Por tanto, para obtener copia auténtica de su registro civil, de nacimiento o de matrimonio, debe solicitarla a la Notaria o la Registraduría en donde reposan los originales.

Si usted vive en Francia podrá hacer la solicitud a través de un conocido, un amigo o un familiar en Colombia. Solo en caso de que los registros tengan información sensible (menores de edad, adopciones, cambio de género, entre otras) se requiere otorgarle un poder especial a ese tercero para reclamar la copia auténtica del registro (ver PODERES).

Consulte donde se encuentra el registro que necesita en el sitio web de la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC):

  • Si su registro está en una Oficina de la Registraduría, consulte en el sitio web de la RNEC los datos de contacto de esa oficina.
  • Si su registro está en una Notaría, consulte en el sitio web del Unión Colegiada del Notariado Colombiano los datos de contacto de esa Notaría.
  • Si no encontró la oficina donde está el registro en las opciones previas, consulte con la RNEC a través de un PQRSD haciendo clic aquí. También puede llamar desde Francia a Colombia al número 00-57-601-2202880 de lunes a viernes desde las 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (hora colombiana).

Atención:  Al solicitar la copia informe a la Oficina que corresponda que la requiere para apostillar, así obtendrá el código necesario para ese trámite (ver APOSTILLA).

 

02. Cédula y Tarjeta de Identidad

 

Consulte si su Cédula o Tarjeta de Identidad está en el Consulado

 

Solicitud de cédula por primera vez

La cédula de ciudadanía es el equivalente a la carte d’identité en Francia. Es el documento de identidad por excelencia de todo colombiano mayor de 18 años que lo identifica como nacional colombiano y con el cual puede realizar trámites y solicitudes en esta calidad, entre otros, solicitar un pasaporte colombiano.

Requisitos:

1.    Realizar su Registro Consular y Solicitar Cita.

2.   Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento (no se aceptan fotocopias simples). 

3.   Certificado de tipo RH y Grupo Sanguíneo (lo puede obtener en hospitales o en laboratorios clínicos). 

Este trámite no tiene costo y no requiere traer fotos (*El día de la cita se toman las fotos en el Consulado. Si el sistema no lo permite (casos especiales) y se debe hacer el trámite de manera manual, las fotos físicas podrían ser necesarias. Podrá tomar las fotos en una cabina y el Consulado dará un tiempo de espera. Especificaciones técnicas de la foto en este enlace).

Este trámite es gratuito.

Si usted desea solicitar su cédula a continuación de realizar su registro civil de nacimiento (RCN), y es elegible para el efecto, tome en cuenta las dos opciones:

Cédula Digital: Deberá esperar 3 semanas para pedir cita a fin de preparar su cédula digital mientras la Registraduría graba sus datos en el sistema.

Cédula Amarilla con Hologramas: Este tipo de cédula se puede preparar el mismo día del RCN. Sin embargo, si posteriormente desea tener cédula digital, deberá solicitar y pagar un duplicado.


Duplicado de Cédula

Si su cédula de ciudadanía está extraviada, fue robada o se encuentra en alto grado de deterioro, usted puede solicitar un duplicado de este documento. Este trámite también aplica si usted ya tiene una cédula amarilla con hologramas y desea solicitar una cédula digital.

Requisitos:

1.    Realizar su Registro Consular y Solicitar Cita.

2.    Copia de su Registro Civil de Nacimiento.

3.   No se requieren fotos (El día de la cita se toman las fotos en el Consulado. Si el sistema no lo permite (casos muy especiales) y se debe hacer el trámite de manera manual, las fotos físicas podrían ser necesarias. Podrá tomar las fotos en una cabina y el Consulado dará un tiempo de espera).

Con la contraseña, o documento provisional de identidad que se entrega el día de la cita, es posible solicitar el pasaporte. Sin embargo, la producción, envío y recepción de la cédula definitiva suelen tomar al menos tres meses desde el día de la cita en que se preparó el documento. Pasado este tiempo recomendamos consultar a este consulado si su cédula ya se encuentra lista para la entrega enviando un correo a cparis@cancillería.gov.co  en el cual adjunte la contraseña de preparación de su cédula.

Tarifa consular por duplicado de cédula

Cédula digital:  € 64.31

Cédula amarilla con hologramas:  € 56.95  (pagos únicamente con tarjeta).



Rectificación o Renovación de Cédula

Rectificación de la Cédula: Si su cédula tiene un dato que deba corregirse porque no corresponde con los datos consignados en su Registro Civil de Nacimiento.

Renovación de la Cédula: Si su cédula está en el formato antiguo: en blanco y negro o de plástico sin hologramas.

Requisitos:

1.    Realizar su Registro Consular y Solicitar Cita.

2.    Copia de su Registro Civil de Nacimiento.

3.    No se requieren fotos (El día de la cita se toman las fotos en el Consulado. Si el sistema no lo permite (casos muy especiales) y se debe hacer el trámite de manera manual, las fotos físicas podrían ser necesarias. Podrá tomar las fotos en una cabina y el Consulado dará un tiempo de espera).

Tarifa consular por duplicado de cédula

Cédula digital: € 64.31

Cédula amarilla con hologramas: € 56.95 (pagos únicamente con tarjeta).

La producción, envío y recepción de la cédula suelen tomar al menos tres meses desde el día de la cita en que se preparó el documento. Pasado este tiempo recomendamos consultar a este consulado si su cédula ya se encuentra lista para la entrega enviando un correo a cparis@cancillería.gov.co en el cual adjunte la contraseña de preparación de su cédula.

 

 

Tarjeta de Identidad

La tarjeta de identidad es el documento de identificación para los menores de edad, (entre 7 y 17 años).

Primera Vez

Requisitos

El colombiano, por nacimiento o por adopción, mayor de 7 y menor de 18 años, podrá hacer la solicitud en cualquier Consulado de Colombia, acreditando los siguientes requisitos:

1.    Presentación personal del solicitante, acompañado de sus padres o representante legal.

2.    Copia fiel del Registro Civil de Nacimiento Colombiano.

3.    Conocer el RH y Grupo Sanguíneo del solicitante.

4.   Tres (3) fotografías tomadas con las siguientes especificaciones:

          - Tamaño: Las fotografías deben tener un tamaño de cuatro por cinco centímetros (4.0cm x 5.0cm) a color, reciente (tomada con máximo seis (6) meses de anterioridad).

          - El largo de la cabeza debe ser de veintisiete milímetros (27mm).

          - La distancia del borde superior de la foto hasta el comienzo de la cabeza debe tener nueve milímetros (9mm).

          - Color: El fondo de la fotografía debe ser blanco, en el caso de las personas con cabello blanco y/o escaso - solo en estos casos - el fondo debe tener un tono azul. La silueta debe presentar los dos (2) hombros. La cara debe estar de frente o semi-perfilada. Debe estar vestido con ropa oscura hombros cubiertos, sin sombreros, gorros y anteojos.

Características de la fotografía, según la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Nota: Este servicio es gratuito.

 

Duplicado de Tarjeta

Requisitos

La persona natural colombiana por nacimiento o por adopción, mayor de 7 y menor de 18 años, que se encuentre en el exterior, cuya tarjeta de identidad se hubiera extraviado o deteriorado, o se la hubieran hurtado, puede solicitar un duplicado en línea, a través de sus representantes legales, en la página de la Registraduría Nacional del Estado Civil, o de manera presencial en el Consulado.

Trámite en línea con pago electrónico (PSE), a través de la página de la Registraduría Nacional del Estado Civil:     https://www.registraduria.gov.co/-Tramites-de-la-Tarjeta-de-identidad-.html 

El usuario en el exterior debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones para su trámite en línea:

  1. Contar con la posibilidad de pagar a través de la plataforma PSE desde una cuenta en Colombia.
  2. Indicar como lugar de entrega una oficina registral en el territorio nacional. Una vez concluida la solicitud, puede requerir el traslado del documento sin costo alguno para su entrega en el Consulado más cercano, a través del siguiente enlace: https://wsp.registraduria.gov.co/traslados/index.php 

Trámite presencial en el Consulado:

  1. Presentarse personalmente con los padres o representante legal.
  2. Informar el número de tarjeta de identidad.
  3. Presentar copia fiel del registro civil de nacimiento.
  4. Conocer el RH y grupo sanguíneo.
  5. Consignación del valor correspondiente al duplicado del documento.

Costos y medios de pago para el trámite en el Consulado

Tarifa consular por duplicado de tarjeta

Tarjeta: EUR  € 55.85

 

Rectificación de Tarjeta

Requisitos

Para solicitar la rectificación de los datos que presenten error en fechas, lugar de nacimiento y/o número de identidad, usted podrá solicitar el duplicado, acreditando los siguientes requisitos:

  1. Tarjeta de Identidad original (Elemento de corrección).
  2. Registro Civil de Nacimiento original con nota de sustitución de folio (original).
  3. Conocer el RH y Grupo Sanguíneo del solicitante.

Tarifa consular por rectificación de tarjeta

Tarjeta: EUR € 55.85

 

Renovación

Requisitos

La renovación de la tarjeta de identidad podrá ser solicitada por jóvenes entre 14 y 17 años.

  1. Tener 14 años cumplidos.
  2. Presentación personal, acompañado de sus padres o representante legal.
  3. Presentar la Tarjeta de Identidad anterior (color rosado).
  4. Presentar fotocopia del Registro Civil de Nacimiento.
  5. Conocer el RH y grupo sanguíneo del solicitante.

03. Pasaportes: solicitud o renovación

En la presente página encontrará los requisitos y procedimiento para solicitar un pasaporte ante el Consulado de Colombia en París. Este procedimiento aplica tanto para la primera solicitud de pasaporte, como para la “renovación” (solicitar un nuevo pasaporte) ya sea por vencimiento o pérdida del anterior pasaporte. Lea con atención los requisitos y el procedimiento. Tome en cuenta que hay opción de solicitar en línea un nuevo pasaporte, si ya tuvo un primer pasaporte expedido después de 2017.

 

Solicitud de pasaporte para mayores de 18 años

Requisitos

1. Realizar el Registro Consular y solicitar cita. Si tiene dificultades haciendo el registro consular, consulte este enlace.

2. Cédula de ciudadanía vigente original y en físico (no se acepta copia de la cédula) o contraseña vigente de la cédula de ciudadanía solicitada por primera vez o como duplicado (no se acepta contraseña de cédula solicitada por rectificación).

3. Pasaporte anterior (si ha tenido). Es posible solicitar un nuevo pasaporte en cualquier momento (antes del vencimiento del pasaporte anterior o incluso después de su vencimiento), pero se recomienda solicitarlo un mes antes del vencimiento, cuando ya se hayan agotado sus páginas en blanco o si se encuentra muy deteriorado.

4. En caso de pérdida o hurto del pasaporte anterior se requiere presentación de la denuncia correspondiente.

5. Para este trámite no se requieren fotos. La foto será tomada por el Consulado.

Atención: su pasaporte anterior se cancela al momento de solicitar un nuevo pasaporte, por lo que no podrá utilizarlo más y esperar a recibir el nuevo pasaporte.

Tarifa Consular 

€ 63    Pasaporte Ordinario. 
€ 126   Ejecutivo más páginas.
El pago se realiza con tarjeta directamente en el consulado (no se recibe dinero en efectivo)

El pasaporte estará disponible para entrega en el Consulado quince días después de la fecha de tramitado. Podrá reclamarlo de lunes a viernes de 8h30 a 13h30 sin necesidad de tomar cita previa. Puede solicitar el envío del pasaporte por correo postal (ver más abajo).

 

Para menores de 18 años

Requisitos

1.        Realizar el Registro Consular y solicitar cita. Si tiene dificultades haciendo el registro consular, consulte este enlace.

2.       Copia auténtica del registro civil de nacimiento (no se acepta copia simple).

3.       Pasaporte anterior (si ha tenido). Es posible solicitar un nuevo pasaporte en cualquier momento antes del vencimiento del pasaporte anterior o incluso después de su vencimiento), pero se recomienda solicitarlo un mes antes del vencimiento, cuando ya se hayan agotado sus páginas en blanco o si se encuentra muy deteriorado.

4.       En caso de pérdida o hurto del pasaporte anterior, se requiere presentación de la denuncia correspondiente.

5.       El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o representante legal, quienes tendrán que identificarse con su cédula de ciudadanía. Un tercero podrá acompañar a menor para lo cual deberá presentar poder especial otorgado por los dos padres, otorgado ante notario o cónsul colombiano o debidamente apostillado o legalizado y traducido al español mediante traductor oficial (en caso de estar en otro idioma) allegando copia de los documentos de identidad de los padres. 

6.       Registro civil de defunción en caso de que uno de los padres del menor haya fallecido.

7.       La tarjeta de identidad para menores de edad entre los 7 y los 17 años, no es obligatoria en el exterior. Sin embargo, si el menor viaja habitualmente a Colombia y/o dentro de Colombia, es posible que le sea requerida. Si desea solicitar la tarjeta de identidad el mismo día del pasaporte para el menor, debe solicitar dos citas.

8.      Para este trámite no se requieren fotos. La foto será tomada por el Consulado.

Atención: Su anterior se cancela al momento de solicitar un nuevo pasaporte, por lo que no podrá utilizarlo más y esperar a recibir el nuevo pasaporte.

 Tarifa Consular 

€ 63    Pasaporte Ordinario. 
€ 126    Ejecutivo más páginas.
El pago se realiza con tarjeta directamente en el consulado (no se recibe dinero en efectivo)

El pasaporte estará disponible para entrega en el Consulado quince días después de la fecha de tramitado. Podrá reclamarlo de lunes a viernes de 12h30 a 13h30 sin necesidad de tomar cita previa. Puede solicitar el envío del pasaporte por correo postal (ver más abajo).

 

Envío del pasaporte por correo postal

El Consulado recomienda enfáticamente que usted venga personalmente a reclamar su pasaporte o el de su hijo menor de edad. Si por extrema necesidad requiere que el pasaporte sea enviado a una dirección distinta en Francia, será por su solicitud y solo bajo su autorización y entera responsabilidad. 

En este caso, el día de su cita deberá traer un sobre prepagado con guía de rastreo y acuse de recibo plenamente diligenciado con las estampillas requeridas y tomar en cuenta la siguiente información:

1.       La venta y traslado del sobre que contiene el pasaporte es responsabilidad exclusiva de la empresa de servicio postal. El Consulado se encarga únicamente de recibir el sobre de parte del titular del pasaporte y entregarlo a la empresa para remisión al destinatario.

2.       Es responsabilidad del titular anotar claramente la dirección de envío en los sobres y guardar el número de seguimiento o guía del sobre y el recibo de pago. 

3.       El titular debe hacer el seguimiento del sobre en la plataforma web de la empresa de envíos con el número de referencia o guía que debe anotar antes de entregar el sobre al Consulado. 

4.       Si la empresa de envíos pierde el pasaporte, toda reclamación la debe hacer el titular. El Consulado no se hace responsable por pérdidas de las empresas ni por costos de la expedición de un nuevo pasaporte.

El Consulado no se hace responsable del seguimiento a la guía de envío, ni la entrega efectiva del pasaporte por servicio postal, ni de su posible pérdida.

Devolución del pasaporte al consulado

Es posible que la empresa de servicio postal devuelva el sobre con su pasaporte al Consulado por no encontrar la dirección. Para saber si es el caso, envíe un correo a [email protected] con su nombre completo y número de cédula solicitando revisar si el pasaporte fue devuelto. Si confirmamos que el pasaporte fue devuelto, usted cuenta con dos opciones:

a.      Entrega Personal: Acercarse personalmente al Consulado de lunes a viernes de 12h30 a 13h30 informando de esta situación y presentando el Boucher o comprobante del envío. 

b.     Segundo Envío: Envíe al Consulado un sobre Chronopost o cualquier sobre prepagado con guía de rastreo y acuse de recibo para enviar nuevamente el pasaporte a la dirección que usted indique. Debe enviarlo dentro de otro sobre, con la fotocopia de su cedula, una carta suya indicándonos su nombre completo, dirección, teléfono y su deseo de que el Consulado le envíe su pasaporte a su residencia. 

 

Solicitud Pasaporte en Línea

(Solo para mayores de 18 años)

Si usted cumple con las siguientes condiciones podrá solicitar su pasaporte en línea, sin necesidad de pedir cita ni venir al consulado:

1.       Ser mayor de edad, y titular de pasaporte ordinario o ejecutivo, vigente, expedido después del 17 de noviembre de 2017.

2.       Haber tenido una autenticación biométrica exitosa en el proceso de expedición del pasaporte anterior vigente.

Para realizar la solicitud ingrese al Formulario de solicitud en línea.

Atención: Su pasaporte anterior se cancela al momento de solicitar un nuevo pasaporte en línea, por lo que no podrá utilizarlo más y esperar a recibir el nuevo pasaporte. El pasaporte solicitado en línea conservará la misma clase del pasaporte inmediatamente anterior y sus datos biográficos.

La entrega del pasaporte se hará únicamente de manera presencial al titular del pasaporte. En este caso, no es posible enviar el pasaporte por correo postal. Al momento de la entrega, deberá presentar el pasaporte anterior y original de la cédula de ciudadanía.

El pasaporte estará disponible para entrega en el Consulado quince días después de la fecha de tramitado. Podrá reclamarlo de lunes a viernes de 12h30 a 13h30 sin necesidad de tomar cita previa. 

 

04. Poderes, declaraciones, contratos y otros (Reconocimiento de documento privado)

Poderes, declaraciones, contratos y otros

Mediante este trámite el Consulado certifica que una o varias personas se presentan en el Consulado a firmar un documento mediante el cual la persona solicitante declara, autoriza o da poder a un tercero para realizar una actividad especifica. Este trámite suele llamarse imprecisamente como «autenticación de firma», «autenticación del documento» o «consularización de documento».

Requisitos

1.     Realizar su Registro Consular y Solicitar Cita

2.     Documento completamente redactado y diligenciado, preferiblemente en una sola fuente y un solo tamaño de letra, sin espacios en blanco. Si se trata de un documento que se refiera a bienes inmuebles, estos deben estar plenamente identificados con dirección, ciudad, matricula inmobiliaria, cédula catastral y si la requiere la anotación sobre afectación a vivienda familiar (Ley 258 de 1996).

3.    Documento de identidad de la persona que va a reconocer su firma en el documento. En el caso de nacionales colombianos, debe ser la cédula de ciudadanía o el pasaporte colombiano vigente (no se admite contraseña de cédula por primera vez). El documento de identidad (tipo de documento y número) debe estar consignado también dentro del documento privado.

Tarifa Consular: € 18.  Pago ÚNICAMENTE con tarjeta.

Una vez surtido el procedimiento de reconocimiento de firma, el documento podrá enviarlo en digital a Colombia (por ejemplo, por correo electrónico), este contará con un timbre del consulado que incluye un código para verificar el documento y su contenido en línea.

 

Reconocimiento de Firma fuera de París

Si no puede acercarse al Consulado a realizar el trámite, puede consultar con la autoridad o entidad en Colombia si aceptarían el poder otorgado ante una autoridad extranjera y con Apostilla.
 
En caso afirmativo, puede optar por el reconocimiento de firma ante una alcaldía (Mairie) o notaría en Francia (más información aquí). Adicionalmente deberá apostillar el documento (más información aquí).
 
Tenga en cuenta las recomendaciones mencionadas anteriormente en relación con poderes, contratos y otros documentos que se refieran a inmuebles en Colombia (identificar plenamente el inmueble).
 
Con todo, si bien el Consulado recomienda esta opción por cumplir con requisitos formales, legales y sustanciales, será finalmente la autoridad o entidad ante la cual realice la actuación en Colombia la que decida sobre la aceptación del poder.
 

 
Poder General mediante Escritura Pública

Mediante un poder general otorgado ante el Consulado, la persona interesada autoriza desde Francia a una persona en Colombia para que realice todo tipo de actuación ante cualquier persona, entidad pública o privada. Es decir, al otorgar un poder general, el poderdante autoriza al apoderado a hacer y celebrar cualquier negocio o acto, entre otros, firmar contratos, obligar unilateralmente al poderdante, o inclusive adquirir deudas, donar, vender o hipotecar sus bienes. Por tanto, se considera que este es un acto de suma confianza.

Si usted está interesado en otorgar un poder para una actuación específica (por ejemplo, vender o comprar un inmueble, aceptar una herencia o manejar su cuenta bancaria en Colombia) le invitamos a consultar líneas arriba la información sobre poderes, contratos, declaraciones y otros (reconocimiento de firma en documento privado).

Si desea realizar el poder general, y para iniciar el trámite de otorgamiento de Escritura Pública, envíe al correo [email protected] un mensaje con el asunto «poder general + nombre completo» y los siguientes documentos:

1.   Copia o foto de la cédula de ciudadanía del o los poderdantes.

2.   Copia o foto de la cédula de ciudadanía del o los apoderados.

3.    Minuta del poder, es decir, un archivo Word editable con el contenido del Poder General. Para redactar este documento le recomendamos asesorarse de un abogado en Colombia (recuerde, es un acto muy sensible con el potencial de afectar su patrimonio) y/o consultar y adecuar a sus necesidades el modelo que encontrará en este enlace. Por favor tome en cuenta que este es un modelo orientativo que no compromete la responsabilidad del Consulado: usted con la asesoría que estime pertinente, debe determinar que agrega, cambia, suprime o mantiene en dicho modelo.

Igualmente se solicita que informe su número de celular en Francia. El Consulado recibirá esta documentación, la revisará y se pondrá en contacto con usted para coordinar una cita.

El día de la cita debe presentarse con los documentos originales mencionados anteriormente (excepto la cédula del apoderado) y realizar el pago de la tarifa consular, el cual se efectúa únicamente con tarjeta bancaria.

Tarifa Consular: 158,88 €.

05. Matrimonio o PACS en Francia

 

La información sobre requisitos y procedimientos para la celebración del Matrimonio o PACS (Pacte de Solidarité Civil) en Francia, es proporcionada por la alcaldía (Mairie) de su lugar de domicilio en Francia. Usted puede empezar a informarse revisando las explicaciones que encuentra aquí y aquí.

El Consulado no interviene en la celebración del matrimonio o del PACS. Sin embargo, podemos darle la siguiente orientación inicial: 

1.    A usted le será requerida copia auténtica del registro civil de nacimiento expedida con antelación no mayor a tres meses, apostillada y traducida. Encuentre más abajo la información sobre copia del registro civil de nacimiento y sobre apostilla. La traducción oficial, por su parte, es la que realiza un traducteur assermenté. En la Cour d’Appel más cercana a su lugar de domicilio, encuentra la información sobre estos traductores. 

2.    Igualmente podrán requerirle certificado de costumbre y soltería (certificat de coutume et célibat). Sobre este aspecto debe saber que la República de Colombia no prevé en su ordenamiento jurídico y por tanto no expide certificado de costumbre, certificado de celibato, libro de familia, certificado de capacidad legal, capacidad marital ni certificado de concordancia. 

Sin embargo, el Consulado lo invita a que consulte este enlace donde encontrará una comunicación (Nota Verbal) dirigida a las Alcaldía Francesas (Mairie) sobre la materia. Le recomendamos imprimir este documento a color y presentarlo como si fuera el «certificat de coutume» y «celibat» que le solicitan. Si a pesar de presentar así el documento, la Mairie en Francia le exige el documento «original», puede traer impreso a color esta nota al Consulado, sin cita, y pedir que sea sellado y firmado, o pedirle a la Mairie que certifique su autenticidad escribiendo a [email protected]
 
3.    El matrimonio, una vez celebrado en Francia debe ser registrado ante Colombia (más abajo información sobre la inscripción del registro civil de matrimonio en el consulado). El PACS no se registra.
 
4.    Las capitulaciones que realice en Francia (contrat de mariage) no van a tener efecto en Colombia. Debe hacer en Colombia un acto particular de capitulaciones, para lo cual sugerimos asesorarse de un abogado colombiano. 

 
 
Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento

 

A.    Si el Registro Civil se hizo en Colombia (nacimiento inscrito en una notaría u oficina en Colombia)

El Consulado no tiene acceso a los archivos de las notarías ni las registradurías en Colombia. Por tanto, para obtener copia auténtica de su registro civil, de nacimiento o de matrimonio, debe solicitarla a la Notaria o la Registraduría en donde reposan los originales.

Si usted vive en Francia podrá hacer la solicitud a través de un conocido, un amigo o un familiar en Colombia. Solo en caso de que los registros tengan información sensible (menores de edad, adopciones, cambio de género, entre otras) se requiere otorgarle un poder especial a ese tercero para reclamar la copia auténtica del registro.
 
Consulte donde se encuentra el registro que necesita en el sitio web de la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC)

Si su registro está en una Oficina de la Registraduría, consulte aquí en el sitio web de la RNEC los datos de contacto de esa oficina.

Si su registro está en una Notaría, consulte aquí en el sitio web del Unión Colegiada del Notariado Colombiano los datos de contacto de esa Notaría.

Si no encontró la oficina donde está el registro en las opciones previas, consulte con la RNEC a través de un PQRSD haciendo clic aquí. También puede llamar desde Francia a Colombia al número 00-57-601-2202880 de lunes a viernes desde las 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (hora colombiana).

Atención:  Al solicitar la copia informe a la Oficina que corresponda que la requiere para apostillar, así obtendrá el código necesario para ese trámite (ver APOSTILLA). 
 

B.    Si el nacimiento se inscribió en el Consulado de Colombia en París

Requisitos

·         Solicitar CITA.
·         Copia de su cedula de ciudadanía del solicitante.
·         Informar número serial del registro civil y fecha de inscripción, o
·         Informar NUIP (Número Único de Identificación Personal escrito en la esquina superior izquierda de los registros nuevos).
 
Tarifa consular:  10,03 €. Pago ÚNICAMENTE con tarjeta.

Si el Registro Civil se hizo en otro Consulado de Colombia

Si el registro se hizo en otro Consulado debe realizar la solicitud a esa oficina. Consulte los datos de contacto de los Consulados de Colombia en este enlace.
 
 

 Apostilla

La Apostilla en Colombia es un procedimiento completamente en línea. En el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores, encuentra los requisitos y el procedimiento paso a paso para solicitar la apostilla de su documento, dependiendo la autoridad que lo emita y su contenido.

En ocasiones, las autoridades de Francia u otros países pueden presentar objeciones a la Apostilla colombiana por generarse esta de manera electrónica y en formato digital, exigiendo que se presente «la original». Para anticiparse a esta eventualidad, le recomendamos llevar los documentos impresos a color. Así mismo puede informar a la autoridad destinataria que el sistema de apostilla cuenta con un mecanismo de verificación del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

Adicionalmente, para soportar su Apostilla colombiana puede valerse de la información del sitio web del HCCH, esto es la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, al seno de la cual se han celebrado, entre otros, el Convenio de 5 de octubre de 1961 por el que se Suprime la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, o Convenio sobre la Apostilla. En el sitio web de HCCH se encuentra la publicación que explica las particularidades y seguridades de la Apostilla colombiana.


  
Registro Civil de Matrimonio

Es responsabilidad de todos los ciudadanos colombianos actualizar su estado civil registrando su matrimonio celebrado en Francia ante el Consulado en París. El Consulado no celebra matrimonios, pero registra los matrimonios de colombianos que sean celebrados en Francia. El Consulado no registra PACS.

Requisitos 

·         Solicitar CITA 

·         Presentación personal del declarante (uno de los cónyuges, no hace falta que vengan los dos).

·         Cédula de ciudadanía en original y físico.

·         Original de la copia integral del acta de matrimonio apostillada y traducida por un traductor oficial.

  • La copia integral del acta es emitida por la Mairie.
  • La Apostilla se tramita en la Cour d'Appel que corresponda por jurisdicción al lugar del nacimiento
  • En la Cour d'Appel puede solicitar la lista de traductores oficiales.  

 
·         Copia del Registro Civil de Nacimiento del contrayente colombiano.
 
·         Copia del documento de identidad de los contrayentes (cédula de ciudadanía para los colombianos y pasaporte vigente para los extranjeros).
 
·         En caso de haber capitulaciones celebradas en Colombia, aportar copia auténtica de la escritura pública. Esta copia se conservará en el archivo del Consulado. El contrat de mariage francés no tiene reconocimiento en Colombia.

06. Autorización de Salida de Menor

 

Mediante este trámite el padre y/o madre de nacionales colombianos menores de 18 años, autorizan la salida del territorio colombiano de sus hijos. Este trámite es requerido para todo viaje desde Colombia y hacia el exterior de menores de edad colombianos que no porten certificado de residencia en el exterior. Este trámite no se exige a menores que sean extranjeros, por ejemplo, si es hijo de colombianos, pero no ha sido inscrito todavía en el registro civil (ver REGISTRO CIVIL).

  

REQUISITOS

1.          Realizar su Registro Consular y Solicitar Cita.

2.         Copia auténtica reciente del registro civil de nacimiento del menor de edad.

3.         Tarjeta de identidad del menor, en caso de contar con este documento.

4.         Cédula de ciudadanía en formato vigente (amarilla con hologramas) del padre que autoriza la salida.

5.         Si el padre o la madre que autoriza la salida no es colombiano, pasaporte o documento de identidad vigente.

6.         El padre o madre debe venir personalmente, y deberá tener claridad de los siguientes datos:

  • País de destino.
  • Propósito del viaje.
  • Fecha de salida de Colombia y fecha de retorno* (si el propósito de viaje es residencia se requiere fecha de retorno).
  • Datos completos de la persona que acompaña al menor (nombre, cédula y/o pasaporte).

Tarifa Consular: € 9 pago ÚNICAMENTE con tarjeta.

Se recomienda hacer la autorización de salida de menor un mes antes de la fecha programada de viaje. Al momento de otorgar el permiso o autorización, el padre puede precisar en qué fecha exacta o en qué rango de fechas el menor va a salir del país (por ejemplo, en el mes de marzo de 2025) y de la misma manera la fecha de retorno.

 

Si el menor tiene doble nacionalidad colombo-francés

Si su hijo menor ostenta únicamente la nacionalidad francesa, es decir no ha sido registrado su nacimiento ante consulado, notaría o registraduría colombiana, él puede ingresar y salir del territorio colombiano sin permiso de salida.

En caso contrario, es decir si ya fue registrado como colombiano, deberá el padre que NO lo acompañe, surtir el procedimiento que se explica anteriormente.

En cuanto a la salida de territorio francés lo invitamos a consultar la información que proveen las autoridades francesas.

Si el padre o madre se encuentran lejos de París

Ante la imposibilidad del padre o madre de venir presencialmente al Consulado de Colombia en París a realizar el trámite, le explicamos la alternativa que tiene para otorgar la autorización:

1.          Redacte e imprima la autorización de salida de acuerdo con el modelo que puede encontrar en el siguiente enlace: mcf_02_v3_autorizacion_salida_nna_-_frances.pdf

2.          Preséntese ante la Mairie de su lugar de domicilio, y solicite realizar un trámite de reconocimiento de firma en documento

3.          En caso de que le exijan presentar un documento en francés, consulte si puede el documento puede estar al mismo tiempo en francés y en español (en columnas paralelas). Si se lo autorizan, continúe el trámite con tal documento.

4.          Posteriormente deberá solicitar ante una Notaría local la Apostilla del documento (más información).

5.          Si la Mairie no recibe el trámite del documento en español o en los dos idiomas, deberá luego de obtener la Apostilla, realizar una traducción oficial al español (consulta en la Cour d’Appel la lista de traductores oficiales) y posteriormente apostillar la traducción. También puede obtener la ayuda de un traductor oficial en Colombia (búsquelo en línea) que pueda autenticar su firma ante un notario en Colombia.

Recuerde que el permiso es únicamente para salir de territorio colombiano. Este documento no sirve para salir de otro país.

 

AUTORIZACIÓN PERMANENTE DE SALIDA DE MENOR MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA

Para otorgar un permiso permanente de salida de menor por Escritura Pública en este Consulado, deberá remitir previamente escaneados a este correo electrónico los siguientes documentos e información:

  1. Minuta del permiso o autorización (es decir, un borrador de cómo va a quedar redactada la escritura pública en formato Word, puede encontrar modelos de permiso o autorización permanente de salida de menor en el sitio web de Migración Colombia.).
  2. Copia de la cédula de ciudadanía del padre que otorga el permiso.
  3. Copia auténtica reciente (anterioridad no mayor a 3 meses) del registro civil de nacimiento del menor.
  4. Número de celular en Francia del interesado.

Una vez enviados los documentos, el Consulado los revisará y posteriormente lo contactará para agendar una cita para la protocolización de la Escritura Pública.

Tenga en cuenta que, para hacer uso de la autorización permanente de salida de menor, deberá solicitar periódicamente un certificado de vigencia de la Escritura. Mas información aquí: https://www.migracioncolombia.gov.co/entidad/salida-de-menores-del-pais

La tarifa consular debe ser pagados con tarjeta bancaria.

Tarifa consular: 151 €

07. Antecedentes Judiciales / Casier Judiciaire

 

Antecedentes Judiciales para colombianos en el exterior

La solicitud de antecedentes judiciales en el exterior se hace a través de la plataforma en línea.

Si experimenta dificultades con la plataforma al momento de hacer la solicitud de los antecedentes, por favor contacte al servicio de atención al ciudadano.

Si usted ya solicito con éxito la constancia de antecedentes al Consulado de Colombia en París, y no lo ha recibido, por favor envíe un mensaje al correo [email protected] informando su número de cédula para verificar su trámite.
              
Casiers judiciaires de Colombie (pour étrangers)

Demandez vos informations d'origine à la Police Nationale à l'adresse électronique [email protected] en joignant une copie de votre pièce d'identité en cours de validité et une copie de votre passeport indiquant votre entrée en Colombie.

Une fois que vous avez reçu le document envoyé par cette entité, vous devez accéder au site Web du Ministère des Affaires Étrangères option « Documents numérisés – Autres documents » et fournir les données demandées par le système.

 

08. Fe de Vida o Certificado de Supervivencia

Para acreditar supervivencia puede solicitar el certificado correspondiente mediante dos procedimientos:

1.      Presentándose sin cita de lunes a viernes de 8h30 a 13h00 al Consulado con su cédula de ciudadanía.

2.      EXCLUSIVO PARA ADULTOS MAYORES: presentándose ante la Mairie de su lugar de domicilio para solicitar un « Certificat de Vie ». Una vez cuenta con la autenticación de la Mairie de dicho documento, podrá enviarlo a [email protected] junto con una copia digital o foto de la cédula de ciudadanía y una foto del interesado del día en que envíe dichos documentos. En el correo, deberá informar un número de celular al cual se pueda hacer videollamada. El Consulado atenderá y procesará la solicitud de forma remota.

09. Constancia de Residencia

Mediante este trámite el nacional colombiano puede acreditar ante una autoridad en Colombia que su lugar de domicilio o residencia habitual se encuentra en Francia. LA CONSTANCIA DE RESIDENCIA es un documento físico gratuito expedido por el Consulado, mientras que LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA tiene un valor de EUR 36 y es expedida como documento electrónico con código de verificación. Usted debe decidir, de acuerdo con sus necesidades e interés, si solicita constancia o certificado.

Sea que requiera solicitar una constancia o un certificado de residencia, el primer paso es diligenciar este formulario. Deberá preparar los documentos sobre los cuales informe en dicho formulario en original y copia y posteriormente agendar cita para presentarse personalmente al Consulado. Este trámite requiere la presentación del interesado ante el Consulado de Colombia en París, no es posible concluirlo en línea.

Tenga que presente que para demostrar su residencia en Francia deberá presentar:

1.Visa vigente para Francia o área Schengen, titre de séjour vigente o tarjeta nacional de identidad de que lo identifica como nacional francés o de alguno de los países del espacio europeo. En cualquier caso, deberá presentar también un justificativo de domicilio en Francia (contrato de arriendo, certificado de propiedad raíz o factura de servicio público a su nombre).

2. En caso de no contar con ninguno de los documentos de identidad o residencia en Francia mencionados, podrá presentar (a) Tarjeta AME (o certificado de afiliación a la seguridad social en Francia) (b) Seis (6) últimos boletines de pago de salario, (c) Avis d'imposition (declaración de impuestos) o bien (d) Certificado de estudios. Cualquier de estos documentos, deberá ser acompañado de un justificativo de domicilio en Francia (contrato de arriendo, certificado de propiedad raíz, factura de servicio público a su nombre, o attestation sur l’honneur d’hebergement autenticada ante la Mairie de su lugar de domicilio).

Tenga en cuenta finalmente, que si requiere constancia o certificado de que ha vivido varios años en Francia, deberá presentar uno de los documentos señalados anteriormente por cada año de residencia en Francia.

 

10. Información Visa PVT

 

 

VISA PVT POUR COLOMBIE

Le visa accordé par la Colombie dans le cadre du Programme Vacances-Travail français (ou Visa PVT) est une autorisation permettant aux jeunes Français d'entrer et de séjourner en Colombie jusqu'à un an à des fins d'échange culturel, de tourisme et de loisirs, qui offre en outre la possibilité de travailler pour couvrir les frais du voyage et du séjour.

Conditions pour obtenir le visa PVT

  1. Présenter la demande de visa en Colombia ou dehors auprès n’importe quelle Consulat de Colombie.
     
  2. Avoir entre 18 et 30 ans le jour de la demande. Vous pouvez postuler jusqu’à la veille de votre 31ème anniversaire.
     
  3. Avoir la nationalité française et être hors du territoire colombien au moment de la demande de visa.
     
  4. Planifier votre voyage solo en Colombie : le PVT ne permet pas d’être accompagné de personnes économiquement dépendantes.
     
  5. Ne pas avoir bénéficié du programme vacances travail en Colombie précédemment.
     
  6. Disposer de ressources financières suffisantes pour le séjour en Colombia

 

Les documents à préparer

Formulaire d’engagement dûment rempli et signé (télécharge-lui ici)

  1. Passeport français en cours de validité au moment de la demande, pendant toute la durée du séjour en Colombie et à la sortie du territoire colombien. En plus, le passeport doit disposer au minimum deux pages vierges. Préparez une copie numérique (scan) de la page principale.
     
  2. Formulaire d’engagement dûment rempli et signé (télécharge-lui ici).
     
  3. Lettre de motivation en espagnol qu’inclus les objectives du voyage et une déclaration assermentée de n’avoir pas participé auparavant au programme.
     
  4. Réservation des vols d’entrée et de sortie du territoire colombien.
     
  5. Justificatif financier personnel : Attestation bancaire du demandeur de visa indiquant que le solde bancaire moyen au cours des trois derniers mois a été d'au moins 2000 €
     
  6. Casier Judiciaire.
     
  7. Assurance médicale valable un an à partir de la date d’arrivée en Colombie et valable jusqu’à la date de départ. La durée du visa est sujet a la validité de l’assurance médicale.
     
  8. Certificat médical démontrant une bonne santé
     
  9. Une photo avec ces caractéristiques.

 

Procédure en ligne pour demander la visa PVT

  1. Remplissez formulaire de demande en ligne. Soyez attentif avec l'orthographe lorsque vous fournissez vos données et en particulier votre courriel.
     
  2. Téléchargez les documents exigés et une photo avec ces caractéristiques.
     
  3. Sauvegardez votre dossier. Vous recevrez un message de confirmation que demande de régler un frais : pourtant, la demande et tout le démarche est gratuit. Il vous suffira d’introduire sur la plateforme de paiement votre numéro de dossier (número de solicitud), votre email, cliquer sur visa/master et après sur buscar. Ignorez tout autre message.
     
  4. Si votre dossier manque de pièces ou les fichiers ne sont pas lisibles, vous serez notifié par e-mail. Vous devrez compléter le dossier en ligne dès que possible via la plateforme en ligne. En ce cas, vous devrez remplir vos données tel comme ont été remplies au début ainsi que le numéro de dossier (número de solicitud) Attention : la plateforme considère l’inaction comme un retrait tacite de la demande.
     
  5. Dès que votre dossier soit complet, et si la décision est favorable, un e-visa sera envoyé au courriel enregistré dans le formulaire de demande en ligne.

 

À garder à l'esprit, conseils et trucs

  • Vous pouvez rendre en Colombie et y présenter la demande de visa. Si vous décidez demander le visa auprès un Consulat de Colombie (par exemple à Paris), il faut présenter la demande au moins un mois avant de la date du voyage vers la Colombie. Le traitement de la demande peut prendre jusqu’à 30 jours.        
       
  • En règle générale vous ne serai pas convoque pas à un entretien. Tout le processus du visa PVT dès la demande jusqu’à la délivrance du visa est fait 100% en ligne.
     
  • À la fin, si votre visa est approuvé, le e-visa (visa électronique) sera suffisant pour voyager et/ou pour demander auprès de Migration Colombie un titre de séjour (cédula de extranjería). Plus d’information ici.
     
  • Pour tout renseignement supplémentaire sur les règles de migration, vaccination, entrée et sortie de Colombie, veuillez consulter le site de Migración Colombia.
     
  • Si vous avez erreur avec le system, vous pouvez contacter le service d’assistance au citoyen.

 

11. Visa pour la Colombie

 

Información General de Visas - Information Générale de Visas

 

Demande de Visa pour la Colombie

Ai-je besoin d’un visa pour voyager en Colombie ?

  • Les ressortissantes françaises n’ont pas besoin de visa pour des activités de court séjour, à condition que lesdites activités ne génèrent pas de paiements pour des services, des salaires ou des traitements en Colombie. On entend par activité de court séjour celle dont la durée est inférieure à 90 jours et qui peut être prolongée jusqu'à 180 jours.

  • Les activités compris dans l’exemption sont, entre autres, le transit aéroportuaire, tourisme, affaires, études, réalisation de démarches administratives et/ou judiciaires et participation à des événements. Veuillez trouver plus d’information ici.

  • Les ressortissants de l’Algérie, du Cameroun, du Côte d’Ivoire, du Sénégal, d’Haïti, de Tunisie et d’autres pays ont besoin d’un visa pour aller en Colombie, même pour le transit aéroportuaire, des activités touristiques ou de court séjour en Colombie. Pour en savoir plus, cliquez ici.

 

Si je ne remplis pas les critères d’exemption de visa, quel visa dois-je demander ?

  • Il appartient au demandeur de déterminer le type de visa qu’il souhaite demander en fonction des activités qu’il envisage de réaliser en Colombie.  Vous pouvez consulter les types de visas et leurs exigences sur ce lien.

  • L’application doit être présenté au moins 1 mois et demi avant la date de voyage prévue. Le traitement de la demande peut prendre jusqu’à 30 jours.

  • Si vous êtes ressortissant français et vous avez entre 18 et 30 ans, vous pouvez participer du Programme Vacances et Travail en Colombie.

Comment puis-je demander un visa ?

  • La procédure de demande de visa pour la Colombie se déroule entièrement 100% en ligne via la plateforme visa.
  • Si vous n’êtes pas français, vous devez préparer, remplir et télécharger les suivants exigences générales :

    1. Titre de séjour français en recto verso en cours de validité.

    2. Une lettre de demande de visa signée par le demandeur du visa ou par la personne qui prend en charge financièrement le séjour (dans le cas où le demandeur n’est pas indépendant financièrement), celle-ci doit contenir :

         i.                     Identification complète du demandeur du visa et/ou du responsable financier explication du lien avec le demandeur du visa (si la lettre est  signée par le responsable financier, ex : père, époux, etc)

         ii.                   La raison du voyage et sa durée.

         iii.                  Déclaration de responsabilité économique pour les frais de séjour et des déplacements du demandeur du visa (si la lettre est signée par le responsable financier du séjour) ou déclaration de responsabilité économique pour ses propres dépenses (si la lettre est signée par le demandeur du visa).

          Attention : Cette lettre doit être légalisée à la Mairie puis apostillée et traduite à l’espagnol par traducteur assermenté. Vous devez télécharger l’original en français et la traduction. Certaines mairies légalisent le document rédigé en espagnol, dans ce cas vous n’aurez qu’à le faire apostiller ensuite

    3. Relevé bancaire des 6 derniers mois (du demandeur de visa ou de la personne qui prend en charge financièrement le voyage selon le cas). Une seule page par mois (celle qui contient le bilan du mois). Les documents bancaires ne doivent pas être apostilles ni traduits.

    4. Attestation de travail du demandeur du visa.

    5. Bulletins de salaire.

    6. Factures de services publics à nom d’étranger.

    7. Assurance maladie avec couverture sur le territoire national – Colombie - contre tout risque en cas d’accident, de maladie, de maternité, d’invalidité, d’hospitalisation, de décès ou de rapatriement, pour la durée prévue de leur séjour dans le pays.
  • Selon le type de visa que vous demandez, il y a des exigences particulières que vous pouvez consulter ici : https://www.cancilleria.gov.co/visas/larga-estancia
  • Si votre demande est approuvée, le visa est délivré par courriel électronique sous forme de e-visa (visa numérique) en PDF. Néanmoins, tous les documents, clarifications et procédures par rapport à une demande de visa, doivent être soumis via la plateforme visa. Aucun document ou information en ce qui concerne la demande de visa, n'est reçu ou donné par courriel électronique.
  • Si vous avez erreur avec le system, vous pouvez contacter le service d’assistance au citoyen sur ce lien.

 

Information particulière pour demandes de visa pour mineurs de 18 ans

En cas de demander un visa pour un mineur de 18 ans, en addition aux exigences documentaires généraux, il faut fournir :

  • Le document prouvant le nom des parents ou des personnes ayant la garde ou la tutelle (Copie intégrale de l’Acte de Naissance). Les documents doivent être apostillés et traduits en espagnol par traducteur assermenté.

  • Lettre en français indiquant la personne qui se porte responsable financièrement de l’enfant pendant son séjour en Colombie. Cette lettre doit être apostillée et traduite en espagnol par un traducteur assermenté.

  • Relevés de compte de la personne qui assume la responsabilité financière (6 derniers mois). Une seule page par mois suffit, celle qui contient le bilan mensuel.

  • Lettre des parents demandant le visa pour le mineur ou la personne sous tutelle et désignant le responsable ou tuteur du mineur pendant son séjour en Colombie. La procuration doit être apostillée et traduite par traducteur assermenté.

  • Lettre en espagnol de la personne en Colombie en acceptant la responsabilité du mineur. Cette lettre doit être notariée (autenticada) et accompagnée d’une copie du document d’identité (cédula de ciudadanía) de la personne qui signe.

 

Documentation particulière pour demandes de visa pour les Rotary, ASF ou autres échanges similaires :

  1. Lettre signée par le représentant légal de l’institution (Rotary, ASF, autres) Sur la lettre doit figurer :
  • Nom de l'institution ou de la société, NIT (si légalement constitué en Colombie) et informations de contact.
  • Identification complète de l'étranger telle qu'elle apparaît dans le passeport.
  • Activité, durée et horaire prévus pour l'étranger.
  • Lien avec l'étranger et qualification ou expertise.
  1. Déclaration de Responsabilité Economique pour les frais de séjour et de voyage de l'étranger.
  2. Lorsque l'institution qui soutient la demande est privée et constituée à l'étranger, elle doit fournir un certificat d'existence et de représentation légale ou le document qui agit en tant que tel. Ce document doit être apostillé et traduit en espagnol par traducteur officiel.
  3. Présenter les relevés bancaires de l'institution correspondant aux 6 mois précédant la demande ou attestation de bonne tenue de compte de l’entreprise. Les entités publiques ne doivent pas les présenter. Une seule page par mois suffit, celle qui contient le bilan mensuel.

  4. Documents particuliers pour demandes de visa pour mineurs de 18 ans.

 

À garder à l'esprit

  • Avant de commencer le formulaire, préparez les éléments suivants à télécharger dans le système (scannés) :
  • Une photo récente du demandeur, sur fond blanc, sans lunettes ni boucles d’oreilles au format JPEG.
  • Les documents nécessaires au visa, au format PDF et d'une taille maximale de 3 mégaoctets
  • Si vous n’êtes pas ressortissant française, vous devez fournir en votre demande une copie numérique de votre titre de séjour français en recto verso en cours de validité.

  • Si vous devez faire légaliser le document au service des légalisations de la Mairie, ensuite vous devez demander L’apostille à la Cour d'Appel. Les deux démarches sont gratuites. Les relevés de compte et les attestations bancaires ni les documents d’identité ne doivent pas être apostillés ni traduits. Une seule page par mois suffit, celle qui contient le bilan mensuel.

  • Veuillez saisir correctement et soigneusement votre adresse électronique pour recevoir des messages automatiques confirmant l'enregistrement de votre demande, ainsi que les éventuelles exigences et l'éventuel visa numérique.

  • Faites attention à la manière dont vous enregistrez vos noms sur la plateforme en ligne. Vous devez compléter les données exactement de la même manière chaque fois que vous souhaitez envoyer des documents pour votre demande.

  • Le e-visa (visa électronique) est suffisant pour que les étrangers puissent effectuer leurs démarches auprès de Migration Colombie (cédula de extranjería). Plus d’information : www.migracioncolombia.gov.co

  • Pour tout renseignement supplémentaire sur les règles de migration, vaccination, entrée et sortie de Colombie, veuillez consulter le site :

www.migracioncolombia.gov.co