Poderes, contratos y otros en París
Reconocimiento de Firma en Documento
(Poderes, contratos y otros)
Mediante este trámite el Consulado certifica que una o varias personas se presentan en el Consulado a firmar un documento mediante el cual la persona solicitante declara, autoriza o da poder a un tercero para realizar una actividad especifica. Este trámite suele llamarse imprecisamente como «autenticación de firma», «autenticación del documento» o «consularización de documento».
Requisitos
- Realizar su Registro Consular y Solicitar Cita
- Documento completamente redactado y diligenciado, preferiblemente en una sola fuente y un solo tamaño de letra, sin espacios en blanco. Si se trata de un documento que se refiera a bienes inmuebles, estos deben estar plenamente identificados con dirección, ciudad, matricula inmobiliaria, cédula catastral y si la requiere la anotación sobre afectación a vivienda familiar (Ley 258 de 1996).
- Documento de identidad de la persona que va a reconocer su firma en el documento. En el caso de nacionales colombianos, debe ser la cédula de ciudadanía o el pasaporte colombiano vigente (no se admite contraseña de cédula por primera vez). El documento de identidad (tipo de documento y número) debe estar consignado también dentro del documento privado.
Tarifa Consular: € 18.
Pago ÚNICAMENTE con tarjeta.
Una vez surtido el procedimiento de reconocimiento de firma, el documento podrá enviarlo en digital a Colombia (por ejemplo, por correo electrónico), este contará con un timbre del consulado que incluye un código para verificar el documento y su contenido en línea.
Reconocimiento de Firma fuera fe París
Si no puede acercarse al Consulado a realizar el trámite, puede optar por el reconocimiento de firma ante una alcaldía (Mairie) o notaría en Francia (más información aquí). Adicionalmente deberá apostillar el documento (más información aquí).
Tenga en cuenta las recomendaciones mencionadas anteriormente en relación con poderes, contratos y otros documentos que se refieran a inmuebles en Colombia.
Poder General mediante Escritura Pública
Mediante un poder general otorgado ante el Consulado, la persona interesada en Francia autoriza a una persona en Colombia para que realice todo tipo de actuación ante cualquier persona, entidad pública o privada. Es decir, al otorgar un poder general, el apoderado podrá entre otros firmar cualquier contrato o adquirir cualquier deuda u obligación a nombre del poderdante, vender o hipotecar sus bienes. Por tanto, se considera un acto de suma confianza.
Para iniciar el trámite de poder general mediante escritura pública, debe enviar al correo cparis@cancilleria.gov.co un mensaje con el asunto «poder general» y los siguientes documentos:
- Copia o foto de la cédula de ciudadanía del o los poderdantes
- Copia o foto de la cédula de ciudadanía del o los apoderados
- Minuta del poder, es decir, un archivo Word con el contenido del Poder General. Para este documento recomendamos asesorarse de un abogado en Colombia o consultar y adecuar a sus necesidades uno de los modelos que publican las Notarías en Colombia.
Igualmente se solicita que informe su número de celular en Francia. El Consulado recibirá esta documentación, la revisará y se pondrá en contacto con usted para coordinar una cita.
El día de la cita debe presentarse con los documentos originales mencionados anteriormente (excepto la cédula del apoderado) y realizar el pago de la tarifa consular, el cual se efectúa únicamente con tarjeta bancaria.
Tarifa consular: 146 €.