Información General
En el territorio colombiano se podrá obtener el Pasaporte en las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicadas en la ciudad de Bogotá o en las Gobernaciones autorizadas para ello.
En el territorio colombiano se podrá obtener el Pasaporte en las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicadas en la ciudad de Bogotá o en las Gobernaciones autorizadas para ello.
• Durante el encuentro de la Vicepresidente y Canciller Marta Lucía Ramírez con el Canciller marroquí Nasser Bourita, ambos países notificaron el cumplimiento de los trámites internos para la entrada en vigencia del Acuerdo de Exención de Visas. Una vez hecha esta notificación, el Acuerdo entra en vigor 30 días después, es decir, el 28 de noviembre de 2021.
• Marruecos es el primer país africano que exime de visa de ingreso a los portadores de pasaportes ordinarios.
El Consulado General de Colombia en París lamenta informar que, debido a las medidas adoptadas por el Gobierno de Francia para evitar la propagación del COVID-19, las cuales fueron comunicadas el pasado 06 de diciembre de 2021, nos vemos en la obligación de cancelar el evento "Luces de Invierno" que estaba programado para el sábado 11 de diciembre de 2021.
Agradecemos su comprensión.
CONSULADO GENERAL DE COLOMBIA EN PARÍS
Los siguientes documentos electrónicos en línea, se tramitan a través de la página web, en la opción que corresponde a cada documento.
1. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES
El trámite automático aplica solo para ciudadanos colombianos.
Para Extranjeros, lo invitamos a consultar los requisitos y realizar la solicitud por la opción “Documentos digitalizados”.
2. DOCUMENTOS INVIMA
Se debe cargar el PDF original emitido por la Entidad firmado digitalmente. Los documentos habilitados son los siguientes:
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Es la solicitud que libra una autoridad colombiana, judicial o administrativa, dirigida al Cónsul de Colombia para que adelante determinadas diligencias, en el marco de un proceso judicial o procedimiento administrativo. Procede solo si existe un tratado internacional que reconozca esa facultad al agente consular o, en su defecto, en la medida en que sea compatible con las leyes y reglamentos del Estado receptor.
Requisitos:
Es la solicitud que libra una autoridad colombiana, en el marco de un proceso judicial, mediante la cual requiere el testimonio de un agente diplomático de nación extranjera acreditado en Colombia o de una persona de su comitiva o familia; o información o documentación que reposa en la Embajada de la nación extranjera acreditada en Colombia
Requisitos del trámite:
Es la solicitud que libra una autoridad judicial colombiana o extranjera en el marco de un proceso judicial, dirigida a la autoridad homóloga en otro país o en Colombia, respectivamente, con el ruego de que lleve a cabo una determinada diligencia judicial, la práctica de pruebas o brinde información.
Requisitos
1. Que no exista convenio de cooperación judicial internacional aplicable.